Cada visitante paga una tarifa de entrada a las áreas naturales protegidas del Ecuador, la cual es distribuida a diversas instituciones locales y nacionales para el cometido del desarrollo humano sostenible.
En general, los ingresos generados por las actividades recreativas y turísticas que tienen lugar en áreas protegidas se obtienen de tres maneras: (a) pago de una tarifa de admisión o entrada, (b) pago de permisos, licencias o tarifas para operaciones turísticas, y (c) recursos producidos por concesiones de servicios o permisos para determinadas actividades.
Las tarifas de ingreso han sido establecidas con el objetivo de recuperar los costos de inversión necesarios para llevar a cabo las actividades de conservación y manejo de áreas protegidas, o generar ingresos adicionales para actividades de desarrollo humano en las áreas aledañas.
La Dirección del Parque Nacional Galápagos es la institución encargada de gestionar el proceso de cobro de los derechos de ingreso turístico a Galápagos, verificar los depósitos diarios, las liquidaciones diarias, administrar las bases de datos de especies valiosas, realizar los pagos mensuales y la entrega de los derechos a cada uno de los beneficiarios, de conformidad con la Ley Orgánica. Ley para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Galápagos y su reglamento.
Los fondos de la entrada se utilizan para financiar la conservación de la biodiversidad de la flora y la fauna, los ecosistemas terrestres y marinos, y para beneficiar a la comunidad local mediante la mejora de los servicios básicos, proyectos educativos, deportivos, de salud, saneamiento del medio ambiente, servicios ambientales y servicios directamente vinculados a los turistas.
IMPUESTOS DEL PARQUE NACIONAL GALÁPAGOS
Turistas extranjeros no residentes en el Ecuador mayores de 12 años | $100 |
Turistas extranjeros no residentes en el Ecuador menores de 12 años | $50 |
Turistas extranjeros no residentes en el Ecuador, mayores de 12 años, nacionales de uno de los países pertenecientes a la Comunidad Andina de Naciones o al Mercosur | $50 |
Turistas extranjeros no residentes en el Ecuador menores de 12 años, nacionales de uno de los países pertenecientes a la Comunidad Andina de Naciones o al Mercosur | $25 |
Turistas nacionales o extranjeros residentes en el Ecuador, mayores de 12 años | $6 |
Turistas nacionales o extranjeros residentes en el Ecuador, menores de 12 años | $3 |
Turistas, estudiantes extranjeros no residentes en el Ecuador que se encuentren matriculados en instituciones educativas nacionales | $25 |
Estados Miembros de la CAN: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú.
NOTA: Los turistas nacionales y extranjeros menores de 2 años están exentos de este impuesto.